Términos y Condiciones Generales del Compañero de Equipo de hajoona GmbH (TCG)
Código de Conducta para los Compañeros de Equipo independientes de hajoona (en lo sucesivo, CE)
Como CE independiente garantizo
- Que mientras trabaje como CE de hajoona, voy a ser consistentemente cordial, respetuoso, honesto y justo, y que al trabajar para hajoona, voy a contribuir con la reputación favorable de hajoona;
- Que voy a cumplir mis respectivas responsabilidades de gestión, en su caso, como CE superior/patrocinador de mi organización de ventas (subalterno) a través de actividades de capacitación, prestación de apoyo y otro tipo de asistencia de CE;
- Que voy a reconocer la relación de cualquier CE con su superior dentro de la organización de hajoona y que no voy a intervenir en los primeros o cambiarlo;
- Que no voy a hacer o expresar afirmaciones irrespetuosas o falsas sobre cualquier CE de hajoona;
- Que voy a cumplir con las directivas corporativas de hajoona no sólo en todos los sentidos de la palabra, sino también en lo que se refiere a la filosofía de hajoona;
- Que no voy a hacer ninguna afirmación relacionada con los productos de hajoona que no aparezcan en las publicaciones oficiales de hajoona;
- Que no voy a representar falsamente los ingresos potenciales que se pueden obtener de acuerdo con el plan de compensacionescompensaciones;
- Que no me involucraré en actos fraudulentos o ilegales;
- Que no voy a difundir historias negativas sobre otras empresas con el objetivo de solicitar a sus CE que colaboren con hajoona.
§ 1. Ámbito de aplicación/Definiciones
(1) Los siguientes Términos y Condiciones Generales serán parte de todos los Acuerdos de Compañeros de Equipo entre hajoona GmbH, {snippet adresse}, Alemania, representada por sus directores generales, la señora Daniela Lipgens y el Sr. Dirk Jakob, ambos negocios con domicilio en la mencionada dirección (en lo sucesivo, "hajoona") y el respectivo CE independiente y autónomo.
(2) hajoona prestará sus servicios exclusivamente con base en estos Términos y Condiciones Generales del CE.
(3) Estos Términos y Condiciones Generales del CE y el Plan de CompensacionesCompensaciones que el CE ha recibido para su información, y ha entendido y aceptado como legalmente obligatorios, serán la base para el Acuerdo celebrado entre hajoona GmbH y el respectivo CE.
§ 2. Acuerdo del Compañero de Equipo/Objeto del Contrato/ Pago Único de los Honorarios de Administración
(1) hajoona es una empresa innovadora que distribuye productos alimenticios de alta gama (en adelante denominados "mercancías") en Alemania y otros países, a través de una red de Compañeros de Equipo. Los contratos pueden ser firmados con entidades jurídicas, sociedades o personas físicas, cuyos encargados tengan por lo menos 18 años de edad y sean empresarios. La ejecución de contratos con consumidores no será posible.
Cada entidad física o jurídica será únicamente elegible para la adquisición de una posición dentro de la estructura de distribución de hajoona. hajoona se reserva el derecho de rechazar a su discreción cualquier solicitud de compañero de equipo sin dar motivos de la decisión.
(2) El objetivo del CE será de revender la mercancía en nombre de hajoona de tal manera que la reventa de esta mercancía sea la base del negocio del CE aunque él/ella no estará bajo ninguna obligación de adquirir mercancía. Al entrar en el contrato del compañero de equipo, el CE recibirá el derecho a adquirir mercancía de la Compañía por los precios al mayoreo estipulados en el plan de compensaciones. La mercancía ofrecida como parte de la cartera de productos hajoona se debe comprar con exclusividad, directamente a hajoona. No se permitirá la adquisición de mercancía de otros fabricantes y entre CEs. Las violaciones de esta disposición dará derecho a hajoona de terminar el Acuerdo con efecto inmediato. En compensación por el trabajo de reventa, el CE recibirá un margen respectivo derivado de los precios de compra y venta de cada transacción exitosa de reventa. Cualquier persona puede registrarse en hajoona para convertirse en un CE. La actividad de distribución antes mencionada no estará supeditada a la solicitud de otro CE. Por otra parte, este trabajo tampoco requiere que el CE realice más contribuciones financieras además de las cuotas de inscripción o para comprar un volumen mínimo de mercancías de hajoona. El registro es el único requisito.
(3) Por otra parte, los CEs tendrán el derecho, pero no tendrán ninguna obligación, de invitar a otros CEs. En compensación por las invitaciones, el CE, siempre que se alcance la calificación requerida, recibirá una comisión sobre las ventas de mercancías generadas por el CE invitado. Sin embargo, es una política explícita de hajoona no pagar comisiones sobre la invitación real de los CE. La comisión a pagar y su método de desembolso se regirá por el plan de compensaciones vigente en el momento.
(4) Para el inicio y el desempeño de sus actividades, hajoona concederá al CE el derecho de utilizar una oficina en línea, que permitirá que adquiera una visión global actualizada de sus ingresos, comisiones y desarrollos de los CEs subordinados. Este derecho de licencia deberá ser un simple derecho de licencia relativo a la oficina concreta que no será transferible. El CE no estará autorizado a alterar, modificar o de otra manera, reorganizar la oficina. El CE tampoco tendrá privilegios de sub-licencia. Para la concesión del derecho de concesión de licencias y el mantenimiento de la oficina de apoyo (incluyendo la creación de actualizaciones y mejoras), hajoona cobrará una cuota anual de licencia de software de EUR 39.00 incluyendo el impuesto al valor agregado aplicable. La tarifa se debe pagar por adelantado y se cargará a su cuenta bancaria, ya sea a través del proceso de débito SEPA o de su tarjeta de crédito, dependiendo del método de pago que elija.
§ 3 Estatus del CE como empresario
(1) El CE deberá hacer negocios como empresario independiente y autónomo. A tal fin, las Partes mutuamente presumen que el CE trabajará inicialmente en este campo como un negocio secundario. Él o ella no debe ser empleado, ni representante de ventas independiente ni corredor de hajoona. El CE no estará sujeto a ningún objetivo de ventas, compras u otras obligaciones de trabajo. Con las excepciones de las obligaciones contractuales, el CE no estará sujeto a las instrucciones dadas por hajoona y asumirá todo el riesgo empresarial de sus actividades comerciales, incluyendo la obligación de pagar la totalidad de sus gastos y el pago adecuado de los empleados del CE, siempre y cuando el CE emplee algún personal.
§ 4 Términos de Compensación, Pago y Desembolso de Comisiones
(1) Sin perjuicio de la obtención de las respectivas calificaciones, el TP recibirá comisiones y otras remuneraciones por su trabajo, que puede derivarse del plan de compensaciones de hajoona junto con los respectivos mandatos por estatuto. Todos los requisitos de elegibilidad para obtener comisiones se pueden derivar del plan vigente de compensaciones respectivo que el CE puede acceder en la oficina y que podrá ser revisado en la misma. Tras el pago de la compensación, todos los costos del CE para el mantenimiento y el rendimiento de su negocio también se pagarán, a menos que se hayan hecho acuerdos contractuales separados a tal efecto.§ 5 Obligaciones Generales y Promocionales del CE.
(1) El CE se comprometerá a proteger sus contraseñas personales y la información de acceso para evitar el acceso de terceros.(23) El CE aceptará la mercancía pedida y facilitará su dirección correcta para la entrega. En cualquier incidente en el que el CE cause la devolución de un envío de mercancía, hajoona tendrá el derecho de cobrar al CE una tarifa de procesamiento razonable, por un valor de 4,20 euros, más los gastos de envío generalmente, por un valor de 4,00 EUR. La tasa de procesamiento y los gastos de envío serán deducidos del próximo pago de comisiones del CE, si es posible.
§ 6 Disposición de no Competencia/Invitaciones/Venta de Productos y Servicios de Terceros
(1) No le será permitido al CE, vender o promocionar los productos de las empresas competidoras de hajoona o vender sus mercancías a través de los canales de venta de mercadeo en red. Tampoco se permite que el CE haga adquisición de participaciones o establecer dichas empresas.
(2) Sin perjuicio de las declaraciones en la Sección 1, el CE no tendrá permiso para vender los productos o mercancías a otros CE de hajoona.
(3) Si el CE debe trabajar para varias empresas al mismo tiempo, se comprometerá a abordar la actividad respectiva (además de sus propios subalternos), de tal manera que su trabajo no esté vinculado o entremezclado con el trabajo para la otra empresa. En particular, el CE no podrá vender cualquier producto, aparte de los productos hajoona al mismo tiempo, en el mismo lugar o en la proximidad geográfica inmediata o en el mismo sitio web, página de Facebook u otra plataforma de medios sociales o plataforma de Internet.
(4) Por otra parte, al CE no se le permitirá invitar a otros CEs de hajoona para que vendan otros productos.
(5) Además, al CE no se le permitirá la violación de contratos de otro CE u otros contratos de venta que él o ella hayan contraído con otras empresas y las cláusulas de los cuales aun estén en efecto, mediante la celebración de un acuerdo de compañeros de equipo.
(6) Si el CE debe participar en actividades comerciales de otra empresa, además de sus actividades para hajoona, el CE se comprometerá a informar a hajoona, la actividad y el nombre de la otra empresa.
§ 7 Confidencialidad
El CE mantendrá estrictamente confidencial cualquier y todos los negocios y secretos de la empresa hajoona y tampoco deberá revelar su estructura. Los negocios y secretos de la empresa también abarcarán en particular, la información sobre las actividades de subalternos y la información contenida en la misma, los datos del CE y del socio del contrato, así como información sobre la relación de negocios de hajoona y sus empresas asociadas con sus proveedores, fabricantes y distribuidores. Esta obligación subsistirá a la terminación del acuerdo de asociación del equipo.
§ 8 Protección del Compañero de Equipo/Patrocinio Cruzado/Manipulación de Bonificaciones
(1) Cada CE activo que traiga a la empresa un nuevo CE por primera vez para manejar la distribución de la mercancía de hajoona, será asignado al nuevo CE de acuerdo con el plan de compensaciones y las disposiciones de colocación del mismo, (protección del compañero de equipo), con lo que la fecha y momento de la recepción de la inscripción del nuevo CE por hajoona, determinará la asignación. No será posible modificar la "posición de colocación" de un CE recién patrocinado.
(2) Por otra parte, queda prohibido todo el patrocinio cruzado y cualquier intento de hacerlo dentro de la Compañía. El patrocinio cruzado es la invitación a una entidad o asociación física o jurídica que ya tiene una posición de CE de hajoona en una línea de distribución diferente o que tenía un contrato de asociación en los últimos 6 meses. A tal fin, también estará prohibido usar el nombre de un cónyuge, pariente, nombre comercial, nombre de la empresa con fines de lucro, nombre de la asociación, fideicomiso o nombre de un tercero para eludir esta disposición.
(3) Está prohibida la manipulación de las bonificaciones. Incluyen, en particular, el patrocinio de los CEs que en realidad no se dedican al negocio de hajoona (por ejemplo, testaferros), así como la presentación abierta o encubierta de registros múltiples, si esto está prohibido. A tal fin, también estará prohibido usar el nombre de un cónyuge, pariente, nombre comercial, nombre de la empresa con fines de lucro, nombre de la asociación, fideicomiso o nombre de un tercero para eludir esta disposición. Además, está prohibido incitar a terceros a que vendan o compren mercancías con el objetivo de alcanzar una posición más favorable en el plan de compensaciones, manipular el bono del grupo o lograr cualquier otra manipulación de bonificaciones.
(4) El CE no tendrá derecho de proteger su territorio.
§ 9 Advertencia, Multa Contractual, Indemnización por Daños, Indemnización de Responsabilidad
(1) La primera infracción del CE en contra de las obligaciones establecidas en el § 5 dará lugar a una advertencia escrita enviada por hajoona, en el que hajoona fijará un período de recuperación de 10 días para la eliminación de la violación del deber. El CE se comprometerá a reembolsar los gastos del aviso recordatorio, en particular, los honorarios de abogado incurridos para realizar el envío de la notificación de advertencia.
(2) Se enfatiza expresamente el § 11 de la sección (2), según el cual hajoona, en el caso de incumplimiento de las obligaciones que se rigen por §§ 6, 7 y tanto 8 (2) como (3) y también en el caso de un incumplimiento particularmente grave de las obligaciones reguladas por el § 5, cualquier otra disposición contractual o estatutaria aplicable, tiene el derecho de terminarlo extraordinariamente sin previo aviso; Sin embargo, lo que también permite a hajoona, tomar también las medidas establecidas en el § 9 (1) a su propia discreción, en el caso de una primera infracción del deber. A pesar del derecho extraordinario inmediato para finalizar según el artículo 11 de la sección (2) hajoona deberá tener el derecho, a su discreción, en caso de que se produzcan cualquiera de las infracciones mencionadas, expedir también antes de la emisión de un aviso de terminación extraordinaria, un aviso de advertencia como se define en la Sección (1) con un periodo de recuperación abreviado.
(3) Si después de la expiración del período de recuperación establecido en el anuncio de advertencia, ocurre la misma violación o una violación fundamentalmente idéntica, o si la violación citada originalmente no fue corregida, se deberá pagar inmediatamente una pena convencional que sea razonable, basada en la discreción de hajoona y en el caso de una disputa, sujeta a una revisión por el tribunal de justicia competente. Los honorarios adicionales del abogado se incurrirán en la reivindicación de la pena convencional y el CE será responsable por el reembolso de estos gastos.
(4) Sin perjuicio de la pena convencional incurrida, el CE también asumirá la responsabilidad por todos los daños que hajoona sustente como resultado de cualquier incumplimiento de las obligaciones de conformidad con
§§ 5, -7 y tanto 8 (2) como (3), a menos que el CE no sea responsable por la violación del deber.(5) El CE indemnizará a hajoona ante la primera solicitud de hajoona contra cualquier responsabilidad derivada de los casos en los que hajoona esté en la mira de un tercero a causa de una violación de las obligaciones que se rigen por §§ 5, -7 y tanto 8 (2) como (3) por el CE o cualquier otra violación de las leyes aplicables por el CE. En particular, el CE se comprometerá a absorber todos los costos, especialmente los honorarios de abogados , costos de tribunales y gastos de compensación por los daños ocurridos a hajoona en este contexto.
§ 10 Exclusión del CE
(1) En el caso que el CE no proporcione la documentación solicitada (por ejemplo, documento de identidad) en un plazo de 30 días desde su registro y/o al conocer los requisitos para el desembolso de una indemnización o avances en las comisiones o cualquier otro pago, hajoona tendrá derecho de excluir temporalmente al CE del sistema de hajoona hasta la presentación de la documentación requerida por la ley. Lo mismo se aplicará en caso que la fecha límite definida en el § 10 (3) expire sin producir resultados. El período de tiempo de una prohibición no dará derecho al CE de rescindir extraordinariamente y no crea motivos para adquirir el derecho de reembolso de la cuota de licencia de software ya pagada, ni ninguna otra compensación por daños a menos que el CE no sea responsable de la prohibición.
(2) Para cada incidente que requiera que hajoona envíe recordatorios acerca de la documentación no suministrada, como se describe en (1), que ocurra después que el CE haya sido excluido, hajoona tendrá derecho al reembolso de los gastos efectuados para estos recordatorios.
(3) El pago de compensación o anticipo de comisiones u otros pagos que no puedan ser desembolsados por las razones expuestas anteriormente, se colocarán en una cuenta de aplazamiento sin intereses por hajoona y estarán sujetos al estatuto de prescripción que exige la ley.
(4) Sin perjuicio de los motivos de la prohibición establecida en la Sección (1), hajoona se reserva el derecho de imponer una prohibición por todos los motivos importantes. En particular, hajoona se reserva el derecho de bloquear el acceso de los CEs sin observar un plazo de antelación si el CE viola las obligaciones establecidas en los §§ 5, -7 y tanto 8 (2) como (3) o cualesquiera otras leyes aplicables o si se presentan algunos motivos importantes y el CE no soluciona el incumplimiento del deber respectivo en respuesta a un aviso de advertencia de hajoona dentro del período de tiempo establecido en el § 5 o del incumplimiento de una obligación da derecho a hajoona a rescindir extraordinariamente.
§ 11 Duración y Terminación del Acuerdo y Consecuencias de la Terminación/Derecho de Volver
(1) El acuerdo del compañero de equipo estará en vigor durante un período de 12 meses y podrá ser finalizado regularmente por el CE también durante este término contractual, en cualquier momento, sujeto a un periodo de 30 días para dar aviso con antelación. Previo pago de la cuota de licencia de software, el Acuerdo se prolongará automáticamente por otros 12 meses. Si el CE, a pesar de haber recibido recordatorios de pago pertinentes de hajoona, no paga la tarifa de licencia de software dentro de los 30 días siguientes a la recepción de la solicitud de pago, el Acuerdo pasará a la "fase contractual pasiva", durante el cual el CE no tendrá derecho al pago de comisiones.
En ese momento, el CE dispondrá de un plazo de 12 meses después del final de la vigencia del Acuerdo para prorrogarlo, mediante el cual, en caso que el acuerdo sea extendido, el CE no será elegible para el pago de comisiones nuevamente hasta que se active la prolongación para el futuro. Si el Acuerdo no se prolonga durante este período de tiempo, el mismo terminará automáticamente, tras la expiración de dicho periodo de tiempo.
(2) Sin perjuicio de los argumentos para la terminación en (1) ambas partes tendrán derecho a rescindir extraordinariamente el Acuerdo de Compañeros de Equipo por motivos importantes. Los motivos importantes para la rescisión de hajoona, en particular surgirán en el caso de una violación de las obligaciones reguladas por el § 5, si el CE no cumple con sus obligaciones de recuperación establecidas en el § 9 Sección (1) a su debido tiempo o si al solucionar el incumplimiento del deber, se produce en otro momento una violación igual o equivalente de nuevo,. También existirán otras razones para la terminación extraordinaria en el caso de una violación del § 11 (3), si el CE, incluso después que se haya concedido un período de recuperación adicional, no pueda proporcionar la evidencia requerida. En el caso de una violación de las obligaciones establecidas en los §§ 6, 7 y 8 (3), así como (4), así como cualquier violación particularmente grave de las disposiciones contractuales o legales que se exponen en el § 7 o cualquier otra disposición contractual o legislativa, hajoona tendrá derecho a rescindir extraordinariamente sin enviar primero un aviso de advertencia. Por otra parte, también surgirán razones extraordinarias para la terminación de ambas Partes, si la respectiva otra Parte es objeto de un procedimiento de insolvencia iniciado o si el inicio de este procedimiento fue denegado debido a la falta de fondos, o si la otra parte se declara insolvente, o ha entrado en una disposición de indigencia junto con procedimientos de cobro impuestos por el tribunal. El derecho de terminar extraordinariamente estará en vigor sin perjuicio de cualquier otro derecho.
(3) Todas las notificaciones de terminación serán entregadas por escrito, mediante el cual, los avisos de terminación regulares también se pueden enviar por correo electrónico; en el caso de que se dé aviso a hajoona, se debe usar la dirección de correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
(4) En el caso de la terminación prematura de un contrato con un plazo mínimo, las partes no tendrán derecho a la devolución de las tasas u otros servicios ya pagados, los cuales fueron pagados en relación con el Acuerdo de Compañero de Equipo, a menos que el CE haya terminado el contrato de manera extraordinaria debido a motivos importantes.
(5) Después de la terminación de su posición anterior, un CE puede hacer que un patrocinador diferente vuelva a registrarlo. Lo anterior estará sujeto a la condición de que el aviso de terminación y la confirmación de la terminación por hajoona de la fecha de la posición anterior tenga al menos 6 meses y que el CE no haya realizado actividades para hajoona durante este período de tiempo.
(6) Después de la terminación del Acuerdo, el CE no tendrá derecho a ningún pago de comisiones, ni a ningún tipo de compensación debida a un representante de ventas independiente, ya que el CE no es un representante de ventas independiente tal como se define en el Código de Comercio Alemán.
(7) Cualquier CE que termine su asignación puede devolver cualquier mercancía pedida y recibida durante las últimas cuatro semanas antes de la fecha de terminación, si los productos y sus envases no fueron vendidos, no están abiertos ni vacíos.
El CE debe enumerar los bienes que él/ella tiene la intención de devolver individualmente y debe entregar esta lista a hajoona, junto con la documentación de compra. Una vez aprobada la devolución por parte de hajoona GmbH, el CE recibirá un reembolso por el precio de compra original menos los bonos pagados, incluyendo los que se pagan a los CE de jerarquías superiores y menos un cargo de suma global del 15% del precio de compra. Los productos y envases tienen que estar en perfecto estado y sin abrir. Cualquier otro servicio basado en los costos, proporcionado por hajoona, como suministros del punto de venta, gastos de capacitación o boletos de entrada, no pueden ser devueltos.
(8) Si un CE utiliza los servicios de hajoona que no dependen del Acuerdo de Compañero de Equipo simultáneamente con el primero, estos servicios no se verán afectados por la terminación de dicho acuerdo. Si el CE continúa adquiriendo los servicios de hajoona después de la terminación del Contrato, el CE debe ser tratado como un cliente habitual.
§ 12 Traslado de la Operación de Negocios/La Estructura Patrocinada a Terceros/Muerte del TP
(1) hajoona tendrá la opción de transferir su parte entera o su operación comercial a terceros en cualquier momento. En el caso de que el CE no esté de acuerdo con dicha transferencia y siempre que el CE notifique de inmediato a hajoona, la cooperación contractual será concluida a partir de la próxima fecha de terminación posible.
(2) En los 6 primeros meses después de que se haya obtenido el consentimiento previo por escrito de hajoona y el acuerdo de compra y/o transferencia con un tercero haya sido presentado junto con la solicitud de compañero de equipo de dichos terceros para hajoona, el CE tendrá derecho a transferir su estructura de distribución a un tercero, siempre que hajoona no haya ejercido el derecho de retracto al que tiene derecho. Dichas transferencias de la estructura de distribución sólo podrán efectuarse a personas que no sean CEs de hajoona en el momento de la transferencia. Si un CE era un CE de hajoona en el pasado, el acuerdo tiene que haber expirado por lo menos 6 meses antes del momento de la transferencia. Sin embargo, no se permitirá una transferencia o compra de una estructura de distribución por un CE de hajoona. El consentimiento de dichos acuerdos puede ser negado por hajoona a su propia discreción, si no ejerció sus derechos de prioridad de compra . El CE se compromete a notificar por escrito a hajoona sobre la transferencia prevista. Tras la recepción de la notificación por escrito, hajoona dispondrá de 15 días para ejercer su derecho de prioridad de compra. Si no se efectúa la compra, la transferencia deberá ser admisible con los mismos términos citados en la oferta de transferencia hecha a hajoona, a menos que esto esté en conflicto con otros motivos importantes. La venta sólo será posible mientras que el Acuerdo no haya sido terminado. En el caso de cese de forma inmediata o una violación de estos Términos y Condiciones Generales de CE, el derecho del CE a vender su propia red de distribución será nulo, y también lo será en el caso de que el CE vendedor todavía deba dinero a hajoona, si el CE es objetivo de procedimientos de insolvencia iniciados o si el inicio de un procedimiento de insolvencia fue denegado debido a falta de fondos, o si el CE es insolvente o ha entrado en una disposición de indigencia en conjunción con procedimientos de cobros impuestos por el tribunal. Para la tramitación de la solicitud antes mencionada, hajoona podrá cobrar una comisión de administración de 25,00 euros. La transferencia de la estructura de distribución dará lugar a la terminación del Acuerdo entre las Partes.
(3) Si una persona jurídica o una asociación está registrada como CE, la transferencia de la estructura de distribución será posible sólo sujeta al cumplimiento de las disposiciones adicionales establecidas en este Acuerdo.
(4) Si una persona jurídica o sociedad que ha sido recientemente registrada como CE planea añadir un nuevo socio o accionista, esto solamente será posible sujeto al consentimiento previo por escrito de hajoona, que hajoona deberá conceder o negar a su propia discreción. Para la tramitación de la solicitud antes mencionada, hajoona podrá cobrar una comisión de administración de 25,00 euros. Si este requisito no se cumple, hajoona se reserva el derecho de terminar de forma extraordinaria el Acuerdo de la persona jurídica o sociedad registrada como CE.
(5) El Acuerdo de Compañero de Equipo terminará a más tardar tras la muerte del CE. En cumplimiento de su obligación legal, el Acuerdo de Compañero de Equipo puede hacerse parte de una herencia. Principalmente, se tendrá que hacer un nuevo Acuerdo de Compañero de Equipo con los herederos dentro de un plazo de 6 meses, por medio del cual, los herederos entrarán en los derechos y obligaciones del testador. La muerte del CE se documentará mediante la presentación de un certificado de defunción. Si existe un testamento en relación con la herencia del Acuerdo de Compañero de Equipo, se presentará una copia certificada de la última voluntad y testamento. Si los seis meses pasan improductivos, todos los derechos y obligaciones derivados del Acuerdo serán transferidos a hajoona. En casos excepcionales, los seis meses de plazo se prorrogarán por un período de tiempo razonable, si es excesivamente corto para los herederos en casos excepcionales.
§ 13 Exención de Responsabilidad
(1) Por los daños ocasionados que no sean los causados por la pérdida de vidas, lesiones personales o deterioros de la salud, hajoona asumirá la responsabilidad sólo si los daños son el resultado de actos intencionales o por negligencia grave o violación culpable de una obligación contractual cardinal (por ejemplo, el pago de la comisión) por parte de hajoona, sus empleados o agentes. Esto también se aplicará a los daños derivados del incumplimiento de los deberes durante las negociaciones contractuales como la comisión de actos ilegales. Queda excluida cualquier otra responsabilidad por daños y perjuicios.
(2) Por los daños ocasionados que no sean causados por la pérdida de vidas, lesiones personales o deterioros de la salud, hajoona asumirá la responsabilidad sólo si los daños son el resultado de actos intencionales o negligentes de hajoona, sus empleados o agentes, sólo hasta el monto de daños previsibles como típicos en el momento que el Acuerdo fue ejecutado y de otro modo, sólo la cantidad de daños promedio típicos del contrato. Esto también se aplicará a los daños indirectos, en particular, la pérdida de beneficios.
(3) Por daños de cualquier tipo que resulten de la pérdida de datos en servidores, hajoona no asumirá ninguna responsabilidad, salvo en los casos de culpabilidad negligente o intencional de hajoona, sus empleados o agentes. El contenido guardado del CE será considerado información de terceros por hajoona, tal como se define en el TMG.
(4) Lo anterior se entenderá sin perjuicio de las disposiciones de la Ley de Responsabilidad sobre Productos Dañados.
§ 14 Privacidad de Datos
(1) La Declaración de Privacidad de Datos de hajoona se establece a continuación.
(2) Usted tiene la opción de visitar nuestro sitio web de forma anónima, aunque su navegador de Internet comunicará los siguientes datos a nuestro servidor web por omisión: La fecha y hora de acceso, la dirección IP del remitente, el recurso solicitado, el método http, así como el encabezado de agente de usuario http. Nuestro servidor web, sin embargo, almacena estos datos separados de otros datos, de modo que no será posible hacer ninguna referencia cruzada de estos datos a una persona específica en nuestro extremo. Después de un análisis anónimo para fines estadísticos, estos datos se eliminan inmediatamente.
(3) hajoona utiliza cookies para poder asignar peticiones y demandas de las partes interesadas. Las cookies permiten que hajoona calcule la frecuencia de accesos al sitio y de la navegación en el sitio en general. Las cookies son pequeños archivos de texto que se archivan en su sistema informático. Hay que destacar que algunas de estas cookies serán transferidas a su sistema informático, que son lss llamados "cookies de sesión" en primer lugar. Las "cookies de sesión" son únicas puesto que se eliminan automáticamente de su disco duro una vez que la sesión de su navegador ha finalizado. Otras cookies permanecen en su sistema informático y hacen posible el reconocimiento de su sistema informático la próxima vez que visite nuestro sitio Web (denominadas cookies permanentes). Por supuesto, usted tiene el derecho a rechazar el uso de cookies en cualquier momento, si su navegador lo permite. Sin embargo, tenga en cuenta que esto puede restringir por completo, o hasta cierto punto, el uso de ciertas funciones de este sitio web, si usted configura su navegador para evitar la aceptación de cookies (de nuestra página web).
(4) Recopilamos los datos personales sólo si el CE proporciona esta información de forma voluntaria, junto con los procesos de compra o de registro. En ausencia de su consentimiento expreso por separado, hajoona utilizará los datos personales proporcionados (por ejemplo, título, nombre, dirección, dirección de correo electrónico, número de teléfono) sólo en el cumplimiento de las disposiciones de la Ley de Privacidad de Datos de Alemania con el fin de cumplir con el Acuerdo.
(5) Para cumplir con nuestras obligaciones contractuales, por ejemplo, para proporcionar soporte contractual flexible a través del patrocinador, la facturación o el desembolso de comisiones, información de producto y comercialización (por ejemplo, a través de nuestro boletín de noticias), la información personal del CE será compartida con terceros, como nuestro proveedor de servicios de contabilidad, en la medida en que sea necesario para cumplir con las obligaciones contractuales mencionadas anteriormente. Una vez que el cumplimiento del Acuerdo esté completo, lo que también incluye el pago total de la remuneración acordada, se borrarán los datos del CE. Los datos que tengan que ser archivados para cumplir los mandatos fiscales o de derecho comercial, se bloquearán tras la finalización del cumplimiento del Acuerdo, a menos que el CE haya aceptado expresamente el uso continuado de sus datos personales.
(6) El CE tendrá derecho a exigir información sobre sus datos, así como los cambios en, el bloqueo de, o la supresión de datos del CE en cualquier momento. Si el CE desea recibir más información sobre el archivo de los datos personales del CE o si prefiere la eliminación, bloqueo o modificación de los datos, servicios de apoyo estarán disponibles en la dirección de correo electrónico Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. o bajo la dirección postal que se describe en la Sección (1).
(7) Esta Declaración de Privacidad de Datos puede ser revisada y descargada del sitio web de hajoona en cualquier momento.
§ 15 Estatuto de Prescripción
Cualquier derecho derivado de la presente relación contractual estará sujeto a un régimen de prescripción de 6 meses después de la fecha en que el derecho respectivo tiene vencimiento y la parte elegible para recibir el derecho es consciente de las circunstancias que determinarán las causas de la titularidad, o una vez que el hecho de que la parte elegible no tenga conocimiento de estas circunstancias sea el resultado de negligencia grave. Todo ello sin perjuicio de las disposiciones legales que exigen los estatutos de prescripción extendidos.
§ 16 Inclusión del Plan de Compensaciones
(1) El plan de compensaciones de hajoona y las disposiciones que contiene también serán componentes explícitos del Acuerdo de Compañero de Equipo. El CE siempre deberá cumplir con estas disposiciones en su versión más actualizada.
(2) Al enviar la solicitud a hajoona, el CE garantiza al mismo tiempo que él o ella está consciente del plan de compensaciones hajoona y que él/ella lo acepta como un componente de este Acuerdo.
(3) hajoona siempre tendrá el derecho de modificar el plan de compensaciones. hajoona anunciará cualquier cambio en el plan de compensaciones mediante previo aviso razonable de al menos un mes. El CE tendrá derecho a oponerse a los cambios del plan de compensaciones. En caso de objeción, el CE tendrá derecho a rescindir el Acuerdo en vigor en la fecha en que el cambio se haga efectivo. En caso de que el CE no dé por terminado el Acuerdo en el plazo de cuatro semanas después de la fecha efectiva de los cambios, el CE acepta expresamente los cambios.
§ 17 Consentimiento para el Uso de Material Fotográfico y Audiovisual, Uso de Registros de Materiales y Presentaciones
(1) El Compañero de Equipo concede a hajoona la licencia gratuita para grabar y utilizar material fotográfico y/o audiovisual representando su imagen, grabaciones de voz, declaraciones y citas dichas por el CE en conjunción con su posición como Compañero de Equipo. Con tal fin, el Compañero de Equipo, al firmar la Solicitud de CE y ser consciente de estas Condiciones Generales del Compañero de Equipo consiente expresamente la publicación, uso, reproducción y modificación de sus citas, grabaciones o registros.
(2) No se permitirá que el CE utilice audio, video y otras grabaciones de eventos patrocinados por hajoona para propósitos de venta, así como su uso personal o de negocios, ni hacer grabaciones de conferencias telefónicas, discursos o reuniones. Por otra parte, un CE no debe grabar, producir o elaborar presentaciones de audio o vídeo o registros de eventos de hajoona, discursos, conferencias telefónicas o reuniones sin el consentimiento previo por escrito de hajoona .
§18 Ley Vigente/Variación del Lugar de Jurisdicción
(1) El contrato se regirá por la Ley Alemana, sujeto a la exclusión de la Convención de las Naciones Unidas sobre la Venta Internacional de Mercancías (CSIG). Todo ello sin perjuicio de las disposiciones obligatorias del país en el que el CE tiene su domicilio habitual.
(2) El domicilio de hajoona será el lugar de jurisdicción y cumplimiento. Todo ello sin perjuicio de las disposiciones obligatorias del país donde el CE tiene su lugar habitual de residencia.
§ 19 Disposiciones Finales/El papel preponderante de la versión en idioma alemán de estos Términos y Condiciones
(1) hajoona deberá tener, en cualquier momento, el derecho de modificar estos Términos y Condiciones Generales del Compañero de Equipo. Todos los cambios serán anunciados por hajoona dando aviso razonable de al menos un mes. El CE tendrá derecho a oponerse a los cambios de los términos y condiciones. En caso de objeción, el CE tendrá derecho a rescindir el Acuerdo en vigor en la fecha en que el cambio se haga efectivo. En caso de que el CE no dé por terminado el Acuerdo en el plazo de cuatro semanas después de la fecha efectiva de los cambios, el CE acepta expresamente los cambios.
(2) De lo contrario, los cambios y adiciones a estos Términos y Condiciones Generales del Compañero de Equipo deberán ser hechos por escrito. Esto también se aplicará a la abolición del requisito del formulario por escrito.
(3) Si estos Términos y Condiciones Generales del Compañero de Equipo deben ser traducidos a otros idiomas y si hubiera alguna discrepancia entre la versión en alemán y la versión traducida de estos Términos y Condiciones, la versión alemana prevalecerá siempre.
(4) En el caso de que cualquier cláusula dentro de estos Términos y Condiciones Generales no tenga efecto o esté incompleta, esto dejará sin efecto el Acuerdo completo. En lugar de ello, la cláusula invalidada se sustituirá por una cláusula tal que tenga efecto para cumplir con el propósito comercial de la cláusula sin efecto en la mayor medida posible. Lo mismo se aplicará en caso de omisiones en los términos y condiciones que tengan que ser remediados.
Esta es una traducción de la versión alemana de los TCG. La redacción del TCG es la versión alemana legalmente vinculante.
Situación de los Términos y Condiciones del Compañero de Equipo: 01/01/2017